Mediante Resolución SMV N° 019-2021-SMV/01, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de octubre de 2021, la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) modificó las Normas para la difusión de información al mercado de valores a través de la página web corporativa de las sociedades emisoras, y realiza otras modificaciones.
Así, entre otras modificaciones, se establece que la página web corporativa debe incluir un único enlace que derive a la sección específica del Portal del Mercado de Valores donde se difunda toda la información pública de las sociedades emisoras con valores o programas inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores. Asimismo, se ha eliminado la obligación de publicar información sobre los miembros del directorio y, en ese sentido, se establece que los emisores difundan dicha información al mercado cuando reporten la designación de sus miembros de directorio a través del hecho de importancia respectivo.
Por otro lado, se establece que en caso se produzca cualquier cambio en la información reportada sobre el grupo económico, la información deberá ser actualizada y presentada de manera conjunta y en la misma oportunidad con su memoria anual.
La presente Resolución está vigente desde el 31 de octubre de 2021, salvo la obligación establecida en el primer párrafo del artículo 5, que entrará en vigencia el 30 de junio de 2022.