¡Bienvenido a Procapitales!

¡Bienvenido a Procapitales!

APRUEBAN AGENDA TEMPRANA 2026 DE LA SMV

Mediante Resolución de Superintendente N° 009-2026-SMV/02, publicada en su página institucional el 30 de enero de 2026, la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) aprobó su Agenda Temprana 2026, cuyo objetivo es informar a los ciudadanos en general sobre la evaluación preliminar de problemas públicos que serán materia del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante (AIR Ex Ante).

En esta oportunidad, la SMV identificó seis problemas públicos, a saber:

  1. Dificultad para identificar y divulgar determinados Hechos de Importancia por parte de los emisores.
  2. Mayores riesgos en la liquidación de las operaciones con valores de renta variable que se realicen en mecanismos centralizados de negociación, comparado con otros países de la Alianza del Pacífico.
  3. Existencia de limitaciones operativas y normativas para que los intermediarios de los países que participen en un mercado integrado con el Perú realicen operaciones desde sus jurisdicciones con valores registrados en Perú.
  4. Limitaciones operativas que impactan sobre el desempeño de los patrimonios autónomos.
  5. Necesidad de alinear la presentación de la memoria anual con estándares de alta calidad, comprensibles, aplicables e internacionalmente reconocidos que faciliten la comparabilidad de la información sobre sostenibilidad y cambio climático entre empresas y mercados, en particular con las NIIF S1 y S2.
  6. Evaluar la necesidad, así como los beneficios y alcances de crear un ambiente de prueba de modelos novedosos e innovadores en el ámbito de la SMV (Sandbox Regulatorio), tomando como referencia la experiencia local e internacional.

Adicionalmente, en dicha Resolución, la SMV ha establecido los temas que tiene programado culminar durante el primer semestre del 2026, a saber:

  1. Resolución de Armonización Normativa (Fase 2), Modificación del Reglamento de Agentes de Intermediación, aprobado por Resolución SMV Nº 034-2015-SMV/01; del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución Conasev N° 068-2010-EF/94.01.1, entre otros.
  2. Modificación del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, aprobado por Resolución Conasev Nº 009-2006-EF-94.10.
  3. Modificación al Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución Conasev Nº 141-98-EF-94.10.
  4. Lineamientos para la Implementación y Funcionamiento del Modelo de Prevención (Ley N° 30424, sus modificatorias y su Reglamento).

Asimismo, la SMV señala que tiene previsto coordinar los siguientes temas con:

  1. Con el Consejo Consultivo del Mercado de Capitales: Revisión del nuevo Código de Buen Gobierno Corporativo para las Sociedades Peruanas.
  2. Con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF): Proyecto de ley que modifique la Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras (Decreto Legislativo N° 862), sobre las ofertas privadas de fondos de inversión por parte de entidades que no se encuentran bajo la supervisión de la SMV e incluir facultad a la SMV para la creación de la categoría de inversionista calificado (Ley del Mercado de Valores, Ley N° 861).

La resolución se transcribió a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria.

Anterior Siguiente