Mediante Resolución SMV N° 007-2025-SMV/01, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de marzo de 2025, la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) autorizó la difusión del Proyecto de modificación del Reglamento de Agentes de Intermediación, aprobado por Resolución SMV N° 034-2015-SMV/01, del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución Conasev N° 068-2010-EF/94.01.1, y del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución SMV N° 029-2014-SMV/01.
El objetivo del Proyecto es armonizar, entre otros aspectos, el proceso para elaborar el perfil de riesgo de los clientes y/o potenciales inversionistas, las condiciones para brindar el servicio de administración de cartera, así como el contenido de los contratos con los clientes y/o partícipes por los servicios prestados.
El plazo para que las personas interesadas puedan remitir sus comentarios sobre el Proyecto es de 30 días calendario, contados desde el 29 de marzo, a través de la siguiente dirección de correo electrónico: Proymodreg@smv.gob.pe